Luego de dos días de movilizaciones de diversas organizaciones gremiales y sociales en vastos escenarios del territorio nacional, es prematuro evaluar la aplicación en el terreno del decreto supremo que dispone la intervención de la fuerza armada en apoyo de la policía nacional, para “garantizar el funcionamiento de las entidades, servicios públicos
esenciales y puntos críticos vitales”.
Reiteramos nuestra posición respecto a que la medida fue apresurada e injustificada, en virtud que no se habían verificado los supuestos legales que pueden sustentar el pedido de apoyo militar por parte de la autoridad política y policial en el marco de la ley 28222, cuya constitucionalidad puede además ser materia de un test correspondiente.
¿Debemos entender que de ahora en adelante la metodología de resolución ante cualquier tipo de disturbio o tensión interna que aplicará el gobierno supone el uso de la herramienta más letal que posee el Estado? Si esta medida se dicta a menos de un año de gestión de la administración, ¿qué nos espera en los siguientes cuatro años? La militarización de la respuesta estatal ante la conflictividad social no debiera ser la
metodología a seguir.
Este escenario pone sobre la mesa la necesidad de propiciar un exhaustivo debate sobre el rol de nuestra fuerza armada en democracia, debate al cual nuestra clase política y gran parte de la clase dirigente suele rehuir, para aceptar como premisa inamovible que cuando las papas queman solo cabe el ingreso de la fuerza
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